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Las calderas forman parte de la vida cotidiana en los hogares, y para instalarlas hay que tener en cuenta algunas limitaciones legales referentes a las nuevas normativas sobre instalación de calderas que rigen en estos momentos.
La normativa que rige la instalación de una caldera en una vivienda se encuentra contenida en el Reglamento de las Instalaciones Térmicas en los Edificios. Esta normativa ha sido modificada como forma de adaptarse a las nuevas normas de eficiencia energética de Europa.
Los aspectos que más se relacionan con los requisitos para dar el alta a las instalaciones de gas y en especial a las calderas son los que se refieren a la eficiencia energética, las medidas de seguridad y las condiciones de bienestar e higiene que ostente el inmueble.
Si el inmueble ya cuenta con instalación de gas, se podrá solicitar el alta de gas o la renovación del servicio.
Para esto, puede ser muy útil conocer el código CUPS (Código Unificado del Punto de Suministro, se trata de un código único que identifica los puntos de suministro de energía, tanto para gas como para electricidad.
Si desconoce el código CUPS, será necesario contactar con la distribuidora de la zona. Una vez tenga el código, podrá elegir la tarifa y contactas a la comercializadora y proceder al contrato que permitirá dar de alta el suministro.
Desde 2015 en adelante, la norma establece que todas las calderas que se instalen deben ser calderas de condensación. Esto tiene el objeto de reducir la contaminación por CO2 y afinar el rendimiento energético de las edificaciones nuevas.
Si se trata de cambiar las calderas en una instalación existente, se debe tomar en cuenta que las calderas de condensación pueden instalarse en edificios de viviendas con salida de humos a un patio interior y a la fachada pero se debe disponer de una instalación que permita el desagüe.
Asimismo, hay que saber que las calderas atmosféricas estarán limitadas a salas para calderas en las que se cuente con una salida de aire independiente.
Por otra parte, es necesario que cuando se compran las calderas de gas se tenga que contar con asesoramiento profesional que pueda indicar la clasificación de los aparatos, en los que se discriminan asuntos como la emisión acústica y la eficiencia energética.
Si la instalación de la caldera es mixta, es decir que posee sistemas de alimentación con diferentes energías, es el instalador el que deberá indicar la calificación energética de la instalación.
La normativa implica que eventualmente desaparecerán las calderas de gas estancas, que si bien no se ha prohibido su comercialización, ya han dejado de fabricarse y esto complica igualmente la compra de repuestos para reparaciones.
Es decir, que las calderas estancas serán sustituidas paulatinamente por las calderas de condensación por las ventajas que aportan estas últimas.
Otra exigencia contemplada por la nueva normativa es la referida a las inspecciones de eficiencia energética. Estas inspecciones deben ser realizadas en las instalaciones térmicas de los edificios cada cinco años por un profesional autorizado para tal fin.
Siempre que se cuente o se quiera contar con este tipo de instalaciones se deben tomar en cuenta que las ventajas son grandes, especialmente las referidas a los beneficios energéticos que se obtendrán en instalaciones de este tipo.
En cualquier caso, es importante destacar que la instalación y mantenimiento de todas las instalaciones energéticas deben ser hechas con un instalador autorizado. Esto porque se trata de equipos que se alimentan con elementos que deben ser manejados con estrictas normas de seguridad.
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